Un vigués se enfrenta a dos años de cárcel por un accidente en el que murió su mujer
La víctima iba de acompañante en la moto que guiaba su marido, que chocó con un coche
Un trágico accidente que le costó la vida a su mujer y que ahora lo sienta en el banquillo de los acusados. Un vecino de Vigo se enfrenta a dos años y medio de prisión por un siniestro ocurrido en Nigrán en junio de 2008, cuando la moto Suzuki GSX que pilotaba y en la que viajaba su mujer como acompañante colisionó, durante un adelantamiento, contra un turismo que hacía un giro para incorporarse a otra calle y cuya joven conductora también está imputada. El impacto fue brutal. El coche acabó contra una farola y la motocicleta recorrió más de treinta metros hasta chocar con un vehículo estacionado. El acusado y su pareja cayeron a la calzada. Ella, de 44 años, moría días después en el hospital y él sufrió graves heridas que le dejaron una incapacidad total y secuelas. Y la Fiscalía le atribuye a este hombre la mayor parte de responsabilidad de lo ocurrido: tacha su conducción de "absolutamente imprudente" porque "había bebido alcohol", iba a velocidad "excesiva" e hizo un adelantamiento que tildó de temerario. Además, añadió, no llevaban casco ni "ropa protectora" adecuada para la moto.
Julio A.C. contó ayer en la vista celebrada en el Juzgado de lo Penal número 1 con el apoyo de familiares, entre ellos una de las dos hijas que tenía en común con la víctima y que en la actualidad residen con él. La joven ya es mayor de edad y testificó en el juicio. Ni ella ni su padre pudieron contener las lágrimas cuando la forense relató las graves lesiones que le costaron la vida a la fallecida. Aunque inicialmente el fiscal pedía tres años de cárcel para este vigués, rebajó la solicitud a dos años y medio –además de 4 años sin carné– al retirar la acusación del delito de conducción bajo la influencia del alcohol: la tasa que arrojó tras analizarse la sangre que le extrajeron en el hospital no alcanza 0,60, límite a partir del cual se considera ilícito penal. El ministerio público le imputa finalmente un delito de homicidio imprudente por la muerte de su mujer y otro de lesiones por las heridas de la otra conductora implicada. A esta última, Andreia M.F.L., le atribuye una falta, por la que pide multa, por imprudencia "leve".
Todo sucedió la madrugada del 30 de junio de 2008. Aunque la residencia habitual del acusado y su mujer estaba en Vigo, se encontraban en Nigrán ya que tenían allí una casa de veraneo. El accidente ocurrió en la PO-325. El Fiat Punto que conducía Andreia circulaba en dirección Baiona. Se había incorporado a esa carretera tras realizar un stop. La colisión ocurrió cuando, a continuación, se dispuso a girar a la izquierda para introducirse en otra calle, una maniobra que los agentes de la Policía Local calificaron de correcta porque había línea discontinua. La moto, que iba detrás del coche y había iniciado el adelantamiento, colisionó contra el turismo en el carril que va hacia Vigo y salió disparada. "Esa noche no funcionaba el sistema de alumbrado y la conductora nos dijo que solo vio una luz muy a lo lejos y que pensó que le daba tiempo a girar", declaró un agente, que concretó que la mujer, pese a que dio positivo, no tenía síntomas de alcoholemia.
Sobre el motorista, el policía dijo que iba a una velocidad elevada en una vía limitada a 50 km/h. Los numerosos peritos propuestos por las partes no coincidieron en este extremo: uno apuntó que conducía a 49 km/h, otro a 92 y un tercer experto a 113. El fiscal considera que el acusado circulaba en torno a 90 o 100 km/h en el momento del impacto, pese a que incluso antes llegó a frenar al ver al automóvil en su trayectoria. El ministerio público calificó de inverosímil la versión del motorista, que dijo que circulaba en paralelo al turismo cuando este giró.
El abogado defensor del imputado atribuyó el accidente a la otra conductora, a la que acusa. "La moto no cayó del cielo, no la vio por falta de atención", dijo. Y el letrado de la joven culpa al marido de la víctima. "La circulación de Andreia fue correcta", manifestó.
Julio A.C. contó ayer en la vista celebrada en el Juzgado de lo Penal número 1 con el apoyo de familiares, entre ellos una de las dos hijas que tenía en común con la víctima y que en la actualidad residen con él. La joven ya es mayor de edad y testificó en el juicio. Ni ella ni su padre pudieron contener las lágrimas cuando la forense relató las graves lesiones que le costaron la vida a la fallecida. Aunque inicialmente el fiscal pedía tres años de cárcel para este vigués, rebajó la solicitud a dos años y medio –además de 4 años sin carné– al retirar la acusación del delito de conducción bajo la influencia del alcohol: la tasa que arrojó tras analizarse la sangre que le extrajeron en el hospital no alcanza 0,60, límite a partir del cual se considera ilícito penal. El ministerio público le imputa finalmente un delito de homicidio imprudente por la muerte de su mujer y otro de lesiones por las heridas de la otra conductora implicada. A esta última, Andreia M.F.L., le atribuye una falta, por la que pide multa, por imprudencia "leve".
Todo sucedió la madrugada del 30 de junio de 2008. Aunque la residencia habitual del acusado y su mujer estaba en Vigo, se encontraban en Nigrán ya que tenían allí una casa de veraneo. El accidente ocurrió en la PO-325. El Fiat Punto que conducía Andreia circulaba en dirección Baiona. Se había incorporado a esa carretera tras realizar un stop. La colisión ocurrió cuando, a continuación, se dispuso a girar a la izquierda para introducirse en otra calle, una maniobra que los agentes de la Policía Local calificaron de correcta porque había línea discontinua. La moto, que iba detrás del coche y había iniciado el adelantamiento, colisionó contra el turismo en el carril que va hacia Vigo y salió disparada. "Esa noche no funcionaba el sistema de alumbrado y la conductora nos dijo que solo vio una luz muy a lo lejos y que pensó que le daba tiempo a girar", declaró un agente, que concretó que la mujer, pese a que dio positivo, no tenía síntomas de alcoholemia.
Sobre el motorista, el policía dijo que iba a una velocidad elevada en una vía limitada a 50 km/h. Los numerosos peritos propuestos por las partes no coincidieron en este extremo: uno apuntó que conducía a 49 km/h, otro a 92 y un tercer experto a 113. El fiscal considera que el acusado circulaba en torno a 90 o 100 km/h en el momento del impacto, pese a que incluso antes llegó a frenar al ver al automóvil en su trayectoria. El ministerio público calificó de inverosímil la versión del motorista, que dijo que circulaba en paralelo al turismo cuando este giró.
El abogado defensor del imputado atribuyó el accidente a la otra conductora, a la que acusa. "La moto no cayó del cielo, no la vio por falta de atención", dijo. Y el letrado de la joven culpa al marido de la víctima. "La circulación de Andreia fue correcta", manifestó.
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