viernes, 20 de noviembre de 2015

La Voz de Galicia

Tráfico restringe el uso del coche a los conductores con facultades mermadas

Centenares de automovilistas, la mayoría de edades avanzadas, tienen restricciones en el carné que les limitan la movilidad, pero que les permiten seguir conduciendo


Conducir solo de día. No pasar de 70 kilómetros por hora. Tener prohibido circular por autopistas y autovías. Son solo algunas de las limitaciones que Tráfico puede imponer a los conductores cuando se les detecta alguna merma en sus condiciones psicofísicas. De hecho, son miles los automovilistas que circulan a diario por las carreteras gallegas con alguna de las decenas de restricciones que existen y que aparecen identificadas en sus carnés con una serie de códigos numéricos que van desde el 01.01, que indica que el automovilista necesita gafas, hasta el 202, aplicado a la conducción de vehículos policiales. Son restricciones que limitan sus movimientos pero que les permiten seguir conduciendo.
Las restricciones se aplican cuando se detectan alteraciones en las revisiones periódicas obligatorias. Los conductores menores de 65 años tienen que renovar el permiso cada 10 años, momento en el que deben pasar una prueba psicotécnica en un centro de reconocimiento de conductores en el que personal médico y sanitario especializado comprueba sus facultades, como por ejemplo la vista, el oído y la coordinación. De este examen pueden salir limitaciones para la conducción, aunque eso sucede con más frecuencia a partir de los 65 años. Desde esa edad el reconocimiento ha de realizarse cada cinco años y en las revisiones posteriores es donde, como norma general, empiezan a aplicarse restricciones en el uso del vehículo. Una de las más frecuentes es la que reduce el plazo de tiempo concedido hasta la próxima renovación del permiso, de forma que hay casos en los que la vigencia del carné deberá renovarse de año en año, sobre todo cuando se observan aspectos que pueden implicar un empeoramiento con el paso del tiempo.
Además de la restricción en el tiempo de vigencia del permiso, las causas médicas pueden llevar a que se establezcan una amplia variedad de límites. Al ya mencionado uso de gafas o de lentes de contacto se puede unir la necesidad de incorporar en el coche un espejo especial o una adaptación en el asiento, en el freno, en el volante, en el freno o en el cambio de marchas. Pero además, otras alteraciones pueden llevar a tomar medidas mucho menos conocidas. Uno de los ejemplos es la limitación en el radio de movimientos del conductor, de forma que se le fija un número de kilómetros desde su domicilio que no podrá rebasar. Se aplica a automovilistas que pueden tener dificultades para circular por carreteras desconocidas o por autovías o autopistas, como explica David Llorente, jefe de Tráfico en Ourense, provincia con un elevado índice de conductores de edad avanzada.
Otra restricción llamativa obliga al conductor a llevar siempre a su lado un acompañante que también tenga carné. Es frecuente cuando el automovilista tiene alguna enfermedad que le puede provocar un desvanecimiento durante la conducción.
Revisiones extraordinarias
Al margen de los casos que se detectan durante los reconocimientos periódicos obligatorios, Tráfico dispone del mecanismo de las revisiones médicas extraordinarias para poder comprobar el estado de un conductor antes de que se cumpla el plazo para la renovación del carné. La necesidad de ese tipo de revisión extraordinaria se observa generalmente en la propia carretera después de que un conductor cometa una infracción, ejecute una maniobra irregular o sufra un accidente. En esos casos son los agentes de la Guardia Civil de Tráfico y de las distintas policías locales los que realizan una propuesta para que el conductor sea revisado.

Limitaciones llamativas

No conducir de noche. Suele aplicarse cuando los conductores presentan algún tipo de problema de visibilidad que puede afectar a la conducción nocturna. Con esta restricción solo se podrá conducir hasta una hora antes del anochecer.
Limitación de distancia. El automovilista tendrá un límite de kilómetros en su radio de movimientos en coche. Suele aplicarse a personas mayores que tienen dificultades para moverse por zonas alejadas de sus recorridos habituales.
No llevar pasajeros. La prohibición de llevar pasajeros en el coche es otra de las limitaciones que pueden imponer las autoridades de Tráfico, en este caso por razones médicas que aconsejan la medida de que el conductor viaje solo.
Siempre con acompañante. Esta es otra restricción por razones médicas. Se adopta cuando el automovilista tiene una enfermedad o alteración que puede causarle un desvanecimiento. Debe ir acompañado siempre por otra persona con carné.
Prohibidas las autopistas. Hay conductores que por sus condiciones psicofísicas encuentran grandes dificultades para circular por autovías y autopistas. Esta medida restringe la conducción a las carreteras convencionales.
Ni una gota de alcohol. Esta limitación suele tomarse cuando el conductor tiene problemas graves de abuso o dependencia del alcohol. Con esta medida se le permite conducir a cambio de que no consuma ni una gota de alcohol.

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