lunes, 25 de enero de 2016

La Voz de Galicia

El Supremo tumba el semáforo fotorrojo

En Galicia existen cámaras operativas en Santiago y Lugo, y en A Coruña todavía no se han estrenado

El llamado fotorrojo, sistema que fotografía a los vehículos que se saltan un semáforo, se ha convertido en aliado de los ayuntamientos para denunciar y multar a miles de conductores. En Galicia el sistema funciona en Lugo y Santiago, mientras que en A Coruña existen pero no han llegado a estrenarse. Sin embargo, las pocas garantías que ofrece el mecanismo que entra en marcha justo cuando la luz pasa de ámbar a rojo -algunos ayuntamientos llegaron a multar en amarillo- ha sido una y otra vez rechazada por jueces y magistrados.
Desde noviembre su nula validez como prueba forma parte de la jurisprudencia del Tribunal Supremo. La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal respaldó la sentencia dictada por un juzgado que anulaba la sanción impuesta por el Ayuntamiento de San Sebastián contra un conductor que rebasó un semáforo en rojo -lo que conlleva la retirada de cuatro puntos del carné y una sanción económica por parte del consistorio que ronda los 200 euros-. Los magistrados consideran acertado el razonamiento ofrecido por el juez de instancia sobre que la prueba de la fotografía no es válida por «no estar el dispositivo sometido a control metrológico», algo que sí ocurre con los radares o los etilómetros de los controles de alcoholemia.
La sentencia, recurrida por el Ayuntamiento de San Sebastián ante el Supremo, destaca que «es exigible» que el fotorrojo «quede sujeto a control metrológico para que sus fotos tengan valor probatorio, pues tal sistema sí hace mediciones». «En concreto opera sobre la medición de los ciclos semafóricos temporales para detectar cuándo no se ha respetado la fase roja, y está relacionado con la intensidad luminosa del semáforo», añade el fallo.
«Una cosa es la constancia del momento de la infracción -fecha y hora- y otra que la conducta, para ser ilícita, dependa del momento cronológico en que se realiza», considera el Supremo. Y es que no todos los semáforos tienen la misma duración en sus fases y el tiempo de estas no son sometidas a control.

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