Pena de prisión por causar la muerte de un conocido al circular distraído
El encausado fue absuelto de conducción temeraria y de hacerlo bajo los efectos del alcohol
La vida de un pontevedrés, M. M. P., de 37 años, quedó
truncada en la madrugada del 29 de mayo del 2012. El coche en el que
viajaba sufrió un accidente en el acceso a Pontevedra por la N-550, en
la rotonda inmediatamente anterior al nudo de O Pino, y fue derivado de
urgencia hasta un centro hospitalario. Días después fallecía.
El conductor acaba de ser condenado a dos años y cuatro
meses de prisión como autor de tres delitos -un año y tres meses por
homicidio imprudente, nueve meses por lesiones por imprudencia grave, y
cuatro meses por lesiones imprudentes-. Esta pena conlleva habitualmente
el internamiento en un centro penitenciario.
Faltaban veinte minutos para las cinco de la mañana cuando
el turismo conducido por el acusado y en el que le acompañaban dos
amigos, el fallecido y una joven, se adentró en la rotonda. Se trata de
un tramo de velocidad limitada a 40 kilómetros por hora, pero «o vehículo circulaba a unha velocidade moi superior á indicada».
A esto se sumó el hecho de que la persona que iba al volante estaba
distraída, por lo que no se percató de la presencia de la glorieta.
Estas circunstancias hicieron que no pudiese frenar a tiempo. El turismo atravesó la rotonda en línea recta impactando contra «o valado dereito» de la glorieta y, acto seguido, «contra o muro dunha edificación situada nun plano inferior».
En la sentencia, que es firme, se aclara que el encausado
fue absuelto de las acusaciones de conducción temeraria y de hacerlo
bajo los efectos del alcohol.
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