Faro de Vigo
El Constitucional acaba de avalar la validez de los narcotest sin importar cuándo se produjo el consumo
La anulación en los juzgados de varias
multas impuestas por la Guardia Civil de Tráfico y tramitadas por la DGT
en la provincia de Pontevedra a conductores que dieron positivo en
controles de droga ha generado cierta preocupación entre los
responsables de Tráfico en la provincia que analizan ahora estas
resoluciones judiciales con el objetivo de afinar los procedimientos y
evitar que nuevas sanciones acaben siendo retiradas en los órganos
judiciales del Contencioso-Administrativo de la capital. Al menos hay
constancia ya de unas cuatro sentencias que anulaban algunas de estas
sanciones por consumo de drogas al volante, tanto en el Contencioso-Administrativo número 3 de la capital como en el número 1.
Por
el momento, el número de multas anuladas en los juzgados es, en cierta
medida escasa, pero la intención es buscar fórmulas cuando antes para
blindar este tipo de sanciones frente a los recursos que se puedan
interponer en los juzgados de los Contenciosos en los juzgados al
detectarse "debilidades" al menos en tres aspectos en los que han
incidido las sentencias hasta ahora dictadas por los juzgados
pontevedreses.
El despacho de abogados Pena&Graña
de Moaña, es uno de los bufetes que ya cuentan con al menos tres
victorias en los juzgados al estimar los magistrados las alegaciones que
realizaron en otros tantos recursos conta multas de tráfico impuestas
por positivos en materia de drogas.
Cadena de custodia
Desde
este despacho de abogados señalan que las reclamaciones se basan,
principalmente en tres aspectos. En primer lugar se cuestionaba la
competencia de la Guardia Civil de Tráfico para sancionar en zona urbana
(alegación que en uno de los casos analizados rechazó el tribunal). Más
éxito tuvieron con las otras dos reclamaciones que ponían en duda el
cumplimiento de la garantía de la cadena de custodia de la prueba que se
realiza, desde que se toma al conductor y da un primer positivo a pie
de carretera por la Guardia Civil o las policías locales; hasta su
traslado desde la Jefatura Provincial de Tráfico a un laboratorio en el
que se debe certificar el positivo por drogas. El tercer punto sobre el
que se incide es precisamente la homologación de los laboratorios
privados con los que tiene convenio la DGT para analizar estas muestras
en Pontevedra,
así como la presunción de veracidad de sus afirmaciones en cuanto al
mantenimiento de la cadena de custodia al no ser un ente público. Y es
que, por ejemplo, aunque en uno de los procesos, el laboratorio daba fe
del cumplimiento de esta cadena de custodia, el juzgado sostuvo que "es
lo cierto que tal manifestación, efectuada por un ente privado, no reúne
presunción de veracidad, y, al ser puesta en entredicho por el
interesado, se requeriría una actividad probatoria por parte de la
administración para acreditar el cumplimiento de la cadena de custodia",
explica el fallo.
Hay otra
sentencia más, en este caso ya antigua, en la que otro juzgado
pontevedrés anuló una multa al alegar el conductor que el positivo se
debió al tratamiento que estaba siguiendo con un analgésico que tomó
durante veinte días, dado que en el juicio logró poner en duda que el
positivo se debió a la ingesta de este medicamento.
Estas últimas sentencias están llamando la atención de algunas policías locales, también de fuera de Galicia,
que se han interesado por estas sentencias. Una muestra de que entre
los responsables de Tráfico no han pasado por alto estas decisiones
judiciales lo es también que han elevado alguna que otra consulta a la
Fiscalía de Pontevedra para abordar la situación.
Se
trata además de sentencias de sanciones administrativas que no son
recurribles por lo que las soluciones pueden ser distintas incluso entre
diferentes juzgados al no hacer jurisprudencia al respecto.
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