Faro de Vigo
La Audiencia ratifica la condena a "rotonderos" que se valían de la "confusión" en las glorietas
El conductor, sentenciado junto a seis
personas más que viajaban como ocupantes, causó tres choques
"intencionados" -Los siniestros fueron en Gran Vía y tenían "una
mecánica idéntica"
A lo largo de los últimos años varios grupos de rotonderos,
como se conoce a quienes se dedican a causar colisiones en glorietas
para después estafar a las compañías aseguradoras, han acabado
protagonizando juicios en las salas de vistas de Vigo. Y la condena que
recayó en uno de estos casos acaba de ser ratificada por la Sección
Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra,
con sede en la urbe olívica. La resolución, dictada en mayo, ya es
firme. Con siete sentenciados, la mayor pena, de dos años de prisión,
recae en A. A.C., el joven que iba al volante en los tres siniestros
juzgados, ocurridos en un período de un año y medio -entre enero de 2012
y junio de 2013- en la rotonda de Gran Vía con Islas Baleares, una de
las que más se usaban en la ciudad para cometer estos fraudes. Los
magistrados concluyen que provocaba intencionadamente los accidentes
aprovechándose de dos circunstancias: la "confusión" generada en la
circulación en las rotondas y "la normativa de tráfico que otorga
preferencia al que circula por el exterior".
Junto la pena de dos años de cárcel para
el conductor, la sala viguesa ratifica la impuesta a los otros seis
condenados, de ocho meses de prisión: viajaban como ocupantes . Uno de
estos últimos también fue multado por denuncia falsa. En relación a la
responsabilidad civil, las cuantías a abonar a las tres aseguradoras
afectadas -también figuran como perjudicados dueños de los coches contra
los que impactaron- suman en total casi 20.000 euros. La sentencia, por
otra parte, también ratifica la absolución de dos mujeres que habían
sido acusadas.
Fueron
el principal condenado y dos más quienes presentaron recursos de
apelación contra la resolución dictada hace un año por el Juzgado de lo
Penal número 1 de Vigo.
Pero la Audiencia desestima los alegatos, con la excepción de una
cuestión secundaria relativa al pago de las costas, en el sentido de
concretar de forma precisa la proporción que le corresponde a cada uno
de los sentenciados.
La
Audiencia corrobora la existencia de "intencionalidad" en los
siniestros. Alberto A.C. era el "recurrente conductor" en los tres
accidentes y todos ocurrieron en la misma rotonda de Gran Vía y con
"idéntica mecánica". Los daños materiales eran mínimos. Y mientras que
los ocupantes de los vehículos con los que impactaban nunca sufrían
heridas, los que iban en el coche guiado por el condenado sí resultaban
con lesiones: todas "de la misma entidad" y de "carácter subjetivo". El
fin último de este proceder era, concluyen los magistrados, "obtener una
indemnización de las compañías de seguros".
Otros casos
Este grupo de rotonderos
no es el único que ha acabado condenado en Vigo. En diciembre de 2016
hubo otros cuatro sentenciados por provocar choques en esa misma rotonda
de Gran Vía, en la de la avenida de Castelao -la del Bernardo Alfageme- y en otra en Clara Campoamor. Este fallo ya fue también ratificado por la Audiencia.
Y
a finales del pasado año fueron condenados ocho familiares por
colisiones ocurridas la mayoría en la misma glorieta de Coia. Con las
"turborotondas" han cesado este tipo de siniestros.
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